El Gobierno fija precios de referencia y subsidios para garrafas del Plan Hogar

La Resolución busca liberalizar el mercado de GLP, ya que permite que los precios se determinen por la oferta y la demanda

La Secretaría de Energía, bajo la órbita del Ministerio de Economía, realizó una serie de modificaciones a las normativas vigentes en busca de la desregulación de Gas Licuado de Petróleo, clave para las garrafas que utilizan los hogares.

Según menciona el texto oficial, estas disposiciones buscan transformar el mercado hacia un modelo «más competitivo, eficiente y sostenible» al reducir la intervención estatal y al establecer mecanismos nuevos que garanticen «precios justos, accesibles y que reflejen los costos reales».

La Resolución 15/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial sostiene que el objetivo es «eliminar gradualmente los precios máximos regulados, permitiendo que el mercado determine los precios bajo oferta y demanda». Se mantienen precios de referencia como guía no vinculante». Y agrega que, «A través del Programa Hogares con Garrafas, se otorgarán subsidios a hogares de bajos recursos que no cuentan con gas por red, para garantizarles acceso a garrafas de GLP a precios diferenciales».

También menciona que las empresas fraccionadoras tendrán mayor libertad para operar, eliminándose las asignaciones reguladas de cupos y bocas de carga. «Se implementa un esquema de supervisión para asegurar coherencia entre la capacidad operativa de los actores del mercado y los volúmenes adquiridos, publicando indicadores clave como el Volumen Máximo Permitido (VMP) en el sitio web oficial», agrega.

Concluye que, se eliminan apartados específicos del Reglamento General que regulaban aspectos ahora considerados barreras, «como la asignación centralizada de cupos».

Los puntos clave

  • Desregulación del mercado de GLP: se busca pasar de un sistema con precios máximos de referencia fijados por el Estado a un mercado donde los precios se determinen por la oferta y la demanda. Esto se basa en la idea de promover la libre competencia y la eficiencia del mercado.
  • Precios de Referencia no vinculantes: se mantendrán precios de referencia para las garrafas, pero estos serán solo una guía para el mercado y no serán obligatorios para los actores comerciales. El objetivo es que los consumidores tengan una idea de los precios razonables, pero sin intervenir directamente en la fijación de precios. Estos precios se publicarán en la página web del Ministerio de Economía.
  • Prioridad al abastecimiento interno: se exige a las empresas productoras que prioricen el abastecimiento continuo y suficiente del mercado interno, especialmente para el consumo doméstico.
  • Eliminación de regulaciones sobre bocas de carga y asignación de aportes y cupos: se eliminan las regulaciones que asignaban bocas de carga a los fraccionadores y que distribuían aportes a los productores y cupos a los fraccionadores. Esto busca dar mayor libertad a los actores del mercado para operar según sus necesidades.
  • Volumen Máximo Permitido (VMP): se introduce el concepto de VMP para los fraccionadores, que es un límite a la cantidad de GLP que pueden adquirir, basado en su capacidad operativa, parque de envases y un índice de rotación máximo. Este índice se diferencia según el volumen de ventas de cada fraccionador. La Secretaría de Energía publicará el VMP de cada empresa en su sitio web, junto con información relevante.
  • Modificaciones al Programa Hogares con Garrafas (HOGAR): se modifican aspectos del programa HOGAR, principalmente en lo que respecta a la definición y aplicación de los precios de referencia y los subsidios. El programa seguirá enfocado en subsidiar a los hogares de bajos recursos que no tienen acceso a gas por redes.

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